Desde el año 2010, todos los 4 de septiembre se celebra el Día Mundial de la Salud Sexual. Promovida desde la Asociación Mundial para la Salud Sexual (WAS), esta fecha busca convocar a la comunidad global a unirse en la promoción de la salud y bienestar sexuales. Con el lema “Hablemos del placer” este año la campaña se centra en el goce como parte de la salud integral.
Salud sexual como derecho humano
La Declaración de los Derechos Sexuales de Valencia revisada en el 2014, estableció el reconocimiento de la salud sexual en el marco de los derechos humanos. En nuestro país, tanto los derechos sexuales como los derechos reproductivos están protegidos por la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y por Leyes Nacionales.
En 1985 el Estado argentino reconoció los derechos reproductivos y derechos sexuales como derechos humanos mediante la ratificación de la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y en 1994 se los invistió de jerarquía constitucional, incorporándolos a la Carta Magna mediante el artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional (CN).
En el 2002, a través de la sanción de la Ley n°25.673 se estableció la creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable (PNSSyPR) con el propósito de garantizar los derechos sexuales y los derechos reproductivos de toda la población y disminuir las desigualdades que afectan la salud sexual y la salud reproductiva, desde una perspectiva de derechos y de género.
Es importante destacar que derechos reproductivos y sexuales no son lo mismo, y no se promueven de la misma manera. Específicamente en relación con los derechos sexuales, se refieren a “poder decidir cuándo, cómo y con quién tener relaciones sexuales, a vivir la sexualidad sin presiones ni violencia, a que se respete la orientación sexual y la identidad de género sin discriminación, a acceder a información sobre cómo cuidarse, y disfrutar del cuerpo y de la intimidad con otras personas. Todas las personas tenemos derecho a disfrutar de una vida sexual elegida libremente, sin violencia, riesgos ni discriminación”.
El tema para el año 2022
El tema para este año es ¡Hablemos del placer!
La Declaración sobre el Placer Sexual en el 2019 y ratificada en 2021 define “El placer sexual es la satisfacción y disfrute físico y/o psicológico derivado de experiencias eróticas compartidas o solitarias, incluyendo pensamientos, fantasías, sueños, emociones y sentimientos.” El placer incluye una variedad de sentimientos positivos que surgen de la estimulación sexual y es complejo, multifacético y diverso. Los sentimientos en torno al placer sexual son subjetivos, se construyen socialmente y pueden incluir distintas actividades.
Los componentes biológicos del placer incluyen, entre otros, las respuestas de los órganos del sistema nervioso, las hormonas y el flujo sanguíneo genital. Las concepciones más recientes consideran que el placer tiene conexiones emocionales, cognitivas, físicas y además entre la mente y el cuerpo.
Citando a la declaración sobre el mismo establece que “La autodeterminación, el consentimiento, la seguridad, la privacidad, la confianza y la capacidad de comunicarse y negociar relaciones sexuales son factores clave para que el placer contribuya a la salud y el bienestar sexual. El placer sexual debe ejercerse dentro del contexto de los derechos sexuales, particularmente los derechos a la igualdad y la no discriminación, la autonomía y la integridad corporal, el derecho al más alto nivel posible de salud y libertad de expresión. Las experiencias de placer sexual humano son diversas y los derechos sexuales garantizan que el placer sea una experiencia positiva para todos los interesados y que no se obtenga al violar los derechos humanos y el bienestar de otras personas.”
Creemos que el placer, es una parte importante de la salud sexual la cual, a su vez, es fundamental para la salud y el bienestar en general. Es por ello por lo que este año se destaca la importancia de incluir el goce dentro de las políticas orientadas a la promoción de la salud sexual, la educación y los servicios integrales de la salud sexual, y las políticas de la salud sexual; reforzando el concepto de placer como un ingrediente esencial de la sexualidad, la salud sexual y los derechos sexuales.
En este sentido, la campaña exhorta a todos los actores involucrados a “promover el placer sexual en las leyes y la política pública como parte fundamental de la salud sexual y el bienestar y a reconocer que importantes barreras a la expresión sexual y a la experiencia de placer tienen sus raíces en diversos sistemas de políticas públicas y de marcos legales; y de usos y costumbres desde la cultura y la injusticia económica. Estas barreras se manifiestan en innumerables formas desde coerción explícita a arraigos culturales menos obvios, pero igualmente perjudiciales que conllevan sentimientos de vergüenza estigma y culpa”. Se espera por parte de estos actores la identificación de las barreras en un nivel social (basadas en leyes, normas o expectativas culturales), y la promoción de discusiones abiertas y efectivas para facilitar el cambio.
Es de destacar que, para garantizar este derecho son claves tanto la accesibilidad a la información y a la educación en materia de salud sexual, como la capacidad de expresar la sexualidad sin discriminación, violencia o estigmatización.
La importancia de la Declaración de la WAS sobre el Placer Sexual implica que el llamado es a acciones que no solo aborden los resultados adversos de la salud sexual, sino que garanticen el bienestar, la salud y el placer sexual para todos.
Finalmente, una parte importante a resaltar es que, a diferencia de las prácticas históricas en relación con el disfrute, el placer como derecho debe ser garantizado para cualquier persona en cualquier etapa de la vida: resulta igual de importante respetar y facilitar este derecho cuando abordamos adolescentes, adultxs o adultxs mayores.
Más información:
- HOME | World Sexual Health Day (diamundialsaludsexual.org)
- www.worldsexualhealth.net
- Salud sexual y reproductiva | Argentina.gob.ar
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Por: Leticia Williams
Médica (UBA), especialista en Ginecología y Obstetricia